Contraloría de Servicios

La Contraloría de servicios del Patronato Nacional de la Infancia es responsable de promover y vigilar el mejoramiento continuo e innovación de los servicios que brinda la organización, conjuntamente con la participación de las personas usuarias, el fundamento legal de sus funciones y potestades se encuentra en la Ley Reguladora del Sistema Nacional de Contraloría de Servicios N° 9158 y el Reglamento Interno de Funcionamiento de la Contraloría de Servicios del Patronato Nacional de la Infancia.

Ubicación
Oficinas Centrales del PANI. San José, Barrio Luján, 400 metros sur de la Corte Suprema de Justicia. Antiguas instalaciones de la Dos Pinos. Calle 21 Avenida 12 B. Primer piso.
Horario de atención
Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 4:00 p.m.

¿Quiénes pueden acudir a la Contraloría de Servicios?

Toda persona individual o colectiva, podrá plantear ante la Contraloría de Servicios quejas, Inconformidades, consultas o denuncias con respecto a la prestación de los servicios brindados por el PANI y sobre las actuaciones de las personas funcionarias en el ejercicio de sus labores cuando se estime que afecten directa o indirectamente los servicios prestados.

La Contraloría de Servicio es una Unidad Staff que depende directamente de Presidencia Ejecutiva.
Ver organigrama adjunto  Aprobado mediante oficio DM 719-16 con fecha 24 de octubre 2016.

Medios para la presentación de quejas, consultas, inconformidades o denuncias sobre la prestación de los servicios que brinda el PANI.

Puede apersonarse a las Oficinas Centrales del PANI o realizar el trámite por escrito, por cualquiera de los siguientes medios:

Vía telefónica al Teléfono/fax: 2523-0860 o al correo electrónico: [email protected] en donde le atenderá la funcionaria Alexandra López Gómez, Contralora de Servicios.

También puede presentar su queja o sugerencia, completando este formulario.

¿Cómo se maneja la denuncia interpuesta a lo interno de la institución?

1.

Recibida la solicitud, la Contraloría de Servicios ingresa los datos en el formulario C.S 01-2019 “Presentación de denuncia, consulta, queja o inconformidad” .

2.

Apertura del expediente: La contraloría de Servicios llevará registro en una base de datos, en la que se incluyen todas aquellas actividades o registros de gestión según corresponda, de igual forma anota cualquier otro dato que considere necesario para mantener al día y actualizado el expediente.

3.

Oficio dirigido a la oficina generadora de la denuncia, queja, inconformidad o consulta, haciendo el traslado de la gestión, con un plazo de cinco días hábiles para responder a la Contraloría de Servicios.

4.

Recibida la respuesta de la oficina, la Contraloría rinforma al usuario en el plazo de diez días hábiles.

5.

En caso de que, por las características y naturaleza de la gestión, no sea competencia de la Contraloría de Servicios, esta intancia se lo hará saber al usuario, de forma oportuna, indicándole la instancia ante la cual puede tramitar su gestión.

Estadísticas y Resultados de Gestión:

Dando cumplimiento al artículo 14, inciso 4 de la Ley N° 9158 Ley Reguladora de Contraloria de Servicios, presentó el Informe anual de Labores del año 2016, de las cuales se recibió el total de inconformidades que se detallan en el Cuadro Estadístico adjunto.