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Instituciones Preparadas Para Atender Alerta Por Personas Menores De Edad Desaparecidas

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  • Protocolo establece procedimiento de reacción inmediata.
 Las instituciones que conforman la Comisión Coordinadora Nacional del Sistema de Alerta (CONASA) ya se encuentran ejecutando el Protocolo Nacional del Sistema de Alerta y Procedimiento para la coordinación y reacción inmediata entre las instituciones públicas y privadas ante la desaparición o sustracción de personas menores de edad, el cual ya está en línea.
De esta manera se cumple con lo establecido en la Ley No. 9307 “Creación del Sistema de Alerta y Procedimiento para la Coordinación y Reacción Inmediata entre las Instituciones Públicas y Privadas ante la Desaparición o Sustracción de Personas Menores de Edad”, la cual fue publicada en el Diario la Gaceta No. 224, en noviembre del 2015.
Este Protocolo establece los procedimientos de reacción inmediata a seguir en casos de desaparición o posible sustracción de personas menores de edad, creando mecanismos para la coordinación interinstitucional, tanto pública como privada, para la localización. De manera que se articulen las acciones necesarias para evitar que la persona menor de edad pueda ser víctima de violaciones a sus derechos, involucrando a la ciudadanía en su búsqueda, una vez que se activa la alerta.
Este protocolo fue elaborado por la Comisión Coordinadora Nacional del Sistema de Alerta (CONASA), la cual está integrada por el Patronato Nacional de la Infancia, Organismo de Investigación Judicial, Ministerio de Seguridad Pública, Dirección General de Migración y Extranjería, Cruz Roja Costarricense, Ministerio de Relaciones Exteriores y el Sistema de Emergencias 911.
El documento tiene una vinculación directa con la protección integral de la personas menores de edad, en el marco de los artículos 9 y 11 de la Convención del Derechos del Niño y la normativa nacional.

SOBRE EL PROTOCOLO

El siguiente es un resumen del procedimiento a seguir en caso de que una persona menor de edad desaparezca o sea sustraída:
1.    Cualquiera de las instituciones que conforman la CONASA recibe la denuncia de la desaparición.
2.    Se comunica a todas las instituciones, a través de sistema 911, con el código “Menor desaparecida-sustraída”.
3.    OIJ valora si debe interponerse o no Alerta Masiva.
4.    OIJ envía alerta Migratoria para evitar salida del país de la persona menor de edad.
5.    Una vez que se determina el riesgo de la persona desaparecida, se activa de inmediato el procedimiento de difusión masivo de la información de persona desaparecida.
6.    OIJ envía un mensaje de texto para ser difundido por la empresas telefónicas
7.    Cuando la persona menor de edad es localizada, el OIJ levanta la alerta y envía un mensaje a los miembros de la CONASA a través del sistema 911.

Durante este proceso, el vocero oficial será el OIJ, ya que es el encargado de la investigación del caso. Una vez que la persona menor de edad aparece, el PANI será el encargado de darle seguimiento al caso.

Para el resto de temas relacionados con CONASA, el PANI será el encargado de brindar información.

El protocolo lo podrá consultar en cualquiera de las siguientes páginas web:

·         OIJ: http://www.poder-judicial.go.cr/OIJ/

·         Dirección Migración: http://migracion.go.cr/institucion/ninez_adolescencia.html

·         Ministerio de Seguridad Pública: http://www.seguridadpublica.go.cr

·         PANI:http://www.pani.go.cr/publicaciones/documentos/protocolo/575-protocolo-nacional-del-sistema-de-alerta

Ana Victoria Amenábar C.

Unidad de Comunicación y Prensa

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