Emergencias: 911
Niños y niñas: 1147
Adolescente madre: 800-226-2626
WhatsApp: 8989-1147

Personas Adultas Son Las Responsables De La Integridad De Los Niños Y Niñas

Sin título

En el 2018 se reportaron 16302 niños, niñas y adolescentes víctimas de negligencia.

San José, 30 de enero del 2019.  La negligencia o descuido que los adultos están teniendo con sus hijos e hijas les está causando a los niños, niñas y adolescentes graves daños y hasta la muerte, por lo que el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) hace un llamado a cada una de los padres, madres o responsables para que tomen todas las medidas necesarias para garantizar el entorno protector y disminuir los riesgos.

 

La negligencia o descuido es cuando, a pesar de tener las posibilidades, las personas adultas no atienden adecuadamente las necesidades físicas y emocionales básicas de las personas menores de edad (alimentación, vestido, higiene, protección y vigilancia en las situaciones potencialmente peligrosas, educación y/o cuidados médicos).

Durante el 2018, el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) recibió 63.332 llamadas por situaciones violatorias de derechos. Esto significó un aumento del 29.5% en el ingreso de llamadas con respecto al 2017. En cada incidente recibido se alerta sobre una o más personas menores de edad en vulnerabilidad social.

Ese año se reportaron 84216 personas menores de edad y las situaciones de mayor vulnerabilidad reportadas fueron la negligencia por salud, los conflictos familiares y la agresión física. 

Tipo de negligencia

Cantidad de personas menores de edad.

Negligencia por salud

14035

Negligencia por educación

145

Negligencia persona menor de edad sola en casa

2082

Negligencia por abandono

40

PANI. COI 2018.

Entre los tipos de negligencia están:

  • Física

Falta de atención médica, atraso en dicha atención, abandono físico,  expulsión, descuidos en alimentación, vestido, habitación;  exposición a drogas durante embarazo

  • Falta de supervisión / negligencia moral o se delega en otros.
  • Abandono emocional

Falta de afecto,  violencia doméstica, abuso de alcohol o drogas (adulto o persona menor de edad), actitudes permisivas ante conductas inadecuadas,  falta de atención psicológica, atrasos en éste

  • Negligencia educativa

Permitir ausentismo,  no mandar a la escuela o colegio, no poner atención a necesidades educativas especiales

 

El Código de la Niñez y la Adolescencia (1998), en sus artículos 29, 30 y 31, establece que los padres y madres son las personas obligadas a velar por el desarrollo físico, intelectual, moral, espiritual y social de sus hijos e hijas menores de edad.

Por su parte, el Código Penal artículo 187 dispone que: El que incumpliere o descuidare los deberes de protección, de cuidado y educación que le incumbieren con respecto a un menor de dieciocho años, de manera que éste se encuentre en situación de abandono material o moral, será reprimido con prisión de seis meses a un año o de veinte a sesenta días multa, y además con incapacidad para ejercer la Patria Potestad de seis meses a dos años. Cuando la persona menor de edad sufre daños o pierde la vida, se podría estar ante otros delitos establecidos en el Código Penal.

Para consultas 1147 y para denuncias 9.1.1.

www.pani.go.cr

FBpanicr FBpatronatonacionaldelainfancia (mensajería privada)

 

Fanny Cordero Jiménez

Encargada de Prensa

Unidad de Comunicación y Prensa

[email protected]

25230710/83199584

Ir al contenido