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El Tiempo Es Un Derecho Para Las Victimas De Abuso Sexual

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PANI reconoce a la Comisión de Asuntos Jurídicos la aprobación por unanimidad del Proyecto de Ley de Derecho al Tiempo.

San José, 5 de abril del 2019. Entre el 2016 y el 2018, se experimentó un incremento de un 87% en las denuncias por abuso sexual recibidas en el enlace entre el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) y en 9.1. 1.. En el 2016 se recibieron 1915 denuncias, en el 2017 fueron 2816 y el año pasado la cifra registrada fue de 3593 denuncias.

La violencia sexual contra las personas menores de edad se da la mayoría de veces en el ámbito familiar, sin marcas físicas visibles, y provoca sentimientos de temor, vergüenza e impotencia en la víctima, limitando de este modo su capacidad para romper el silencio, explicó la Licda. Irene Arce, Psicóloga del PANI.

El tiempo ocurrido entre el momento del abuso sexual y el momento en que se revela el mismo, en algunos casos, de años, demuestra que la víctima requiere de un tiempo significativo para encontrar el valor para hablar y explicar sus experiencias. Un gran número de víctimas de abuso sexual nunca corre el velo sobre su victimización y en otros muchos casos, la latencia de revelación es de años e incluso décadas, agregó.

Para la Ministra de la Niñez y la Adolescencia, Patricia Vega Herrera “El tiempo es determinante para revelar y denunciar al abusador, por lo que ampliar el periodo de prescripción del delito a 25 años después de cumplida la mayoría de edad, es entender y demostrar a las víctimas que creemos en ellas y que las acompañamos”.

El PANI reconoce a los Diputados de la Comisión de Asuntos Jurídicos la aprobación por unanimidad el proyecto de Ley Derecho al Tiempo porque es un derecho de los niños, niñas y adolescentes como víctimas de delitos sexuales, agregó.

La Violencia Sexual se refiere a cualquier acción que lesione, limite o violente la libertad e integridad sexual de las personas. La Violencia Sexual contra las personas menores de edad es todo contacto sexual, directo o indirecto por parte de otra persona mayor a la víctima, ya sea en cuanto a la edad, la madurez o el poder, realizado contra una niña, niño o adolescente, con el fin de obtener provecho, ventajas o placer, sometiéndolo mediante el ejercicio del poder físico, psicológico o pecuniarios.

El abuso sexual presenta las siguientes fases:

                                                         

  • Fase de seducción: el abusador manipula la dependencia y confianza de la persona menor de edad, prepara el lugar y el momento del abuso. Se incita la participación del niño por medio de regalos o juegos.
  • Fase de interacción sexual abusiva: proceso gradual y progresivo, puede incluir comportamientos exhibicionistas, caricias con intenciones eróticas, masturbación, etc. (abusos sexuales)
  • Fase de instauración del secreto: el abusador por medio de amenazas o manipulación impone el silencio en los niños (as).
  • Fase de divulgación: esta fase no se da mucho, ya que muchos abusos quedan en silencio por cuestiones sociales, y en caso que se divulgue se provoca un quiebre en el sistema familiar. Puede ser accidentada o premeditada.
  • Fase represiva: por el quiebre familiar se tiende a negar, a restarle importancia o a justificar el abuso, en un intento por volver a la situación inicial, cuando el secreto se mantenía-.

El silencio es una de las principales características del abuso sexual, por lo que lo deseable es que el niño, niña y adolescente que lo experimente, sea capaz de verbalizarlo y denunciarlo lo antes posible. Sin embargo, no siempre lo logran, dadas las múltiples estrategias de la persona abusadora para lograr que la víctima calle, incluyendo amenazas, amedrentamiento, manipulación emocional y entrega de dádivas y/o privilegios.

“El Abuso Sexual en perjuicio de personas menores de edad, lesiona el derecho fundamental a la integridad física y moral, atenta contra la dignidad y el desarrollo de la personalidad, por cuanto se constituye en experiencias traumáticas que repercuten negativamente en el adecuado desarrollo de la personalidad, así como en el estado físico y psicológico de quien lo padece”, enfatizó la Psicóloga Arce.

Factores como la credibilidad social hacia las víctimas, la sensación de contar con mayores herramientas tales como el empoderamiento personal y la autonomía emocional y económica respecto del perpetrador, entre otros inciden ampliamente en la posibilidad de la revelación del abuso.

El Poder Judicial indica que entre el 2004 y el 2017, las denuncias por delitos sexuales aumentaron en un 74% y que, de las 8.818 denuncias del 2017, el 70% corresponden a personas menores de edad.

Las cifras de incremento de denuncias por abuso sexual reportadas por el PANI y el Poder Judicial, hacen que el proyecto de Ley Derecho al Tiempo, se constituya en un instrumento muy valioso para empoderar y dar la credibilidad social a las víctimas del abuso sexual.

firma fanny

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