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Por Unanimidad Las Y Los Diputados Aprueban Ley Contra El Acoso Sexual Callejero

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  • PANI celebra aprobación en segundo debate
  • El acoso callejero será sancionado como un delito

San José, 14 de julio 2020. Con gran satisfacción se recibe la noticia que el plenario aprobó en segundo debate la Ley que sanciona el acoso callejero.  Las mujeres tienen el derecho a desplazarse libres y sin miedo a ser acosadas. El acoso es una manifestación odiosa de la violencia hacia las mujeres. De esta manera, las niñas y las adolescentes pueden denunciar este tipo de prácticas y manifestaciones machistas. 

Este consenso es el que ocupamos para erradicar todas las manifestaciones de violencia hacia nuestros niños, niñas, adolescentes y mujeres, debemos dejar de normalizar este tipo acciones, garantizar el acceso a la justicia, es por ello que nos congratulamos de la aprobación final del proyecto de ley 20.299, que reconoce, garantiza y defiende el derecho que tienen todas las niñas y adolescentes a vivir libres de acoso callejero”, indicó la Ministra de la Niñez y la Adolescencia, Gladys Jiménez Arias.

Entre los principales aspectos que incluye esta nueva normativa, está la penalización del exhibicionismo o masturbación en sitios públicos o de acceso público, persecución o acorralamiento y la producción de material audiovisual con connotación sexual de otra persona sin su consentimiento.

Adicionalmente, les ordena a las instituciones del Estado a establecer acciones preventivas contra el acoso sexual callejero que contribuyan a erradicar los prejuicios de género, e incorpora acciones de prevención, intervención y atención dentro del Sistema Nacional para la Atención y Prevención de la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Intrafamiliar.

Una vez publicada esta norma en el diario oficial La Gaceta, se tratará como un delito y no una contravención a todas aquellas conductas con connotación sexual y con carácter unidireccional, sin que medie el consentimiento ni aceptación de la persona a la que está dirigida con potencial de causar molestia, malestar, intimidación, humillación, inseguridad, miedo y ofensa, que proviene generalmente de una persona desconocida para quien la recibe y que tenga lugar en el transporte remunerado de personas, espacios públicos o en espacios privados de acceso público.

Además, esta Ley obliga a los cuerpos policiales a intervenir, de oficio y sin dilación, en las situaciones de acoso, garantizar la integridad personal de las víctimas, aprehender a la presunta persona acosadora, levantar el parte policial, entre otras acciones.

“La sociedad y las instituciones del Estado estamos llamadas a garantizar los derechos de los niños, niñas, adolescentes y mujeres, así como a prevenir, sancionar y erradicar cualquier manifestación de violencia que ponga en riesgo su vida o su integridad.  Este es un logro histórico que salda una deuda pendiente” concluyó la jerarca.

Unidad de Comunicación y Prensa

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