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Establece Lineamientos Para Garantizar Adecuada Atención A Personas Menores De Edad

  • Lineamientos se conocerán mediante capacitaciones y  campañas informativas en el Poder Judicial.
  • Mediante esta política se cumple con las Reglas de Brasilia.
El Poder Judicial da cumplimiento a la normativa internacional que protege los derechos de las personas menores de edad, con la implementación de una Política dirigida al mejoramiento del Acceso a la Justicia de las Niñas, Niños y Adolescentes en Costa Rica.
 
Justicia01Dicha política establece una serie de lineamientos que pretenden garantizar un trato justo hacia toda aquella persona menor de edad que se involucre como parte o víctima en un proceso judicial.
 
Según explicó Milagro Rojas Espinoza, Coordinadora de la Subcomisión de Niñez y Adolescencia, el objetivo de la política es hacer efectivo el acceso a la justicia para todas las personas menores de edad, eliminando cualquier tipo de discriminación, restricción o barrera que impida el ejercicio de sus derechos, a partir de una cultura judicial que desarrolle el paradigma de protección integral de la niñez y la adolescencia.
 
Cabe destacar que las jurisdicciones que abarca la política son: niñez y adolescencia, familia, violencia doméstica, pensiones alimentarias, contencioso administrativo, constitucional, laboral, civil, agrario y todos aquellos casos en donde las personas menores de edad resulten víctimas incluyendo la jurisdicción penal.
 
Los lineamientos que establece el documento permitirá la agilidad de las actuaciones judiciales, la participación de las personas menores de edad en toda etapa del proceso judicial, la protección de los derechos de las personas menores de edad que intervienen en los procesos judiciales, asistencia técnico-jurídica especializada en materia de niñez y adolescencia, incentiva la justicia restaurativa y resolución alterna de conflictos, entre otras.
 
Mediante esta política, el Poder Judicial cumple con las Reglas de Brasilia, una normativa internacional que garantiza las condiciones de acceso efectivo a la justicia de las personas en condición vulnerable , sin que sufran discriminación alguna, englobando el conjunto de políticas, medidas, facilidades y apoyos que les permitan el pleno goce de los servicios del sistema judicial.
 
Las diversas acciones abarcarán distintos enfoques entre los que se encuentran los derechos humanos, la no discriminación, enfoque del interés superior de la persona menor de edad, procura la participación de la persona menor de edad en los procesos judiciales y trata el tema de género.
 
La política judicial dirigida al Mejoramiento del Acceso a la Justicia de las Niñas, Niños y Adolescentes en Costa Rica fue aprobada por Corte Plena, en sesión N° 34-10 del 29 de noviembre de 2010, en su artículo XVII.
 
Las diversas acciones y lineamientos fueron realizadas por la Subcomisión de Niñez y Adolescencia, Comisión de Acceso a la Justicia del Poder Judicial, la Comisión Nacional para el Mejoramiento de la Administración de la Justicia (CONAMAJ), además del apoyo financiero de UNICEF para la publicación de la política.
 
Agilidad de las actuaciones judiciales
 
Una de las acciones más importantes para lograr este punto es desarrollar un proceso de revisión de los procedimientos y requisitos procesales de manera que resulten más sencillos, propiciando la ausencia de ritualismos procesales, promoviendo la oralidad, el impulso procesal de oficio, la inmediatez, la concentración y la celeridad procesal.
 
Es importante señalar que las medidas que resulten de este proceso serán incluidas en los planes anuales operativos para su seguimiento.
 
La política establece que todo proceso judicial en que se vean afectados los derechos de una persona menor de edad se atienda sin postergación alguna, para esto se reforzará la observancia y el cumplimiento por parte de los operadores y las operadoras de justicia.
 
Participación de las personas menores de edad en toda etapa del proceso judicial
 
Con la política se pretende desarrollar pautas y recomendaciones técnicas para la participación efectiva de las personas menores de edad, aplicables en todas las instancias del ámbito jurisdiccional.
De igual manera, se busca promover la asistencia profesional para la persona menor de edad que entre en contacto con la administración de la justicia para lograr su plena manifestación y expresión.
 
Protección de los derechos de las personas menores de edad que intervienen en los procesos judiciales.
 
Para cumplir este propósito se pretende promover la labor del Departamento de Trabajo Social y Psicología durante los procesos judiciales en que se vean involucradas personas menores de edad.
Otro aspecto es impulsar las reformas legales y acciones administrativas necesarias para la toma de una declaración única que se requiera de la persona menor de edad en todo proceso, especialmente cuando se trate de delitos sexuales. Lo anterior, para evitar la reiteración de declaraciones y combatir la revictimización.
 
Otro aspecto importante es que se deberá fomentar la utilización de videoconferencias para la toma de pruebas y testimonios, brindar capacitación especializada en interrogatorios en Cámaras de Gessel y exigir el uso de estos dispositivos en todos los circuitos en que estén disponibles.
 
En el caso de la jurisdicción penal se desarrollarán programas de capacitación y sensibilización para la policía judicial y administrativa, los fiscales del Ministerio Público, defensores y defensoras, jueces y auxiliares judiciales para el tratamiento adecuado de la población menor de edad víctima o testigo de delitos.
 
Asistencia Técnico-Jurídica Especializada en materia de Niñez y Adolescencia.
 
Justicia04Una de las principales iniciativas en este aspecto es la promoción de un modelo de gestión judicial que tome en cuenta que la desconcentración judicial es esencial en relación con la atención diferenciada a los niños, niñas y adolescentes, lo que implica que todos los circuitos cuenten con tribunales, fiscalías y juzgados especializados en materia de niñez y adolescencia.
 
Se debe contar con personal capacitado especializado en atención de la niñez y la adolescencia para realizar los peritajes por parte de los Departamentos de Trabajo Social y Psicología, Medicina Legal y  Laboratorios de Ciencias Forenses.
 
La Escuela Judicial y demás instancias responsables de brindar capacitación en el Poder Judicial conformarán un programa de capacitación y sensibilización permanente para los y las operadoras de justicia (jueces, juezas, defensores, fiscales, auxiliares judiciales, policías judiciales, profesionales de trabajo social y psicología y todas las personas que entran en contacto con las personas menores de edad) contemplando aspectos legales y sociojurídicos para garantizar un trato digno, oportuno y teniendo en cuenta el interés superior de la persona menor de edad y la especialización de la materia.
 
Además, se pretende reforzar la formación de los y las administradores de justicia para la emisión de sentencias y actos judiciales en un lenguaje adecuado para la comprensión de las personas menores de edad. Con esto se busca incentivar la utilización de términos y estructuras simples, que favorezcan la inteligibilidad de las resoluciones judiciales y reduzcan las dificultades de comunicación que afectan la participación plena y la comprensión sobre el alcance y significado del acto judicial.
 
Así mismo el Departamento de Personal deberá contar con un perfil del funcionario y funcionaria judicial ajustado en aquellos procesos de selección de personal que requieren mantener contacto o brindar atención con población menor de edad e incorporará en los procesos de inducción la perspectiva de los derechos de la niñez y la adolescencia.
 
Fuente: Observatorio Judicial. Vol 138, Melania Chacón Chaves.
 
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