![]() Su creación se define en el artículo 55 de la Constitución Política de 1949, que indica que "La protección especial de la madre y el menor estará a cargo de una Institución autónoma denominada Patronato Nacional de la Infancia, con la colaboración de otras instituciones del Estado".
Para realizar su labor, el PANI cuenta con normativa nacional e internacional que se deriva principalmente de la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Costa Rica en 1990, el Código de la Niñez y la Adolescencia (7739) de 1977 y su Ley Orgánica (7648) de 1996, que se constituyen en el marco legal mínimo para la protección de los derechos de la niñez y la adolescencia en Costa Rica. |
Los principios que guían esta nueva normativa se conocen como la Doctrina de Protección Integral y son los siguientes:
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Este Consejo tiene como competencia asegurar que la formulación y ejecución de las políticas públicas respondan a la protección integral de las personas menores de edad. |
Con base en este marco legislativo y contando con el funcionamiento del Sistema Nacional de Protección, el PANI cumple con su función a través de una estructura organizativa y un modelo de atención integral consecuentes con la misión, visión y valores de la Institución. |
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Concepto de Rectoría:
"Formulación, regulación y vigilancia de la Política Pública en materia de Niñez y Adolescencia mediante un proceso permanente de negociación, discusión y reflexión, con el propósito de definir e implementar las decisiones y acciones que permitan garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes"
Fundamentos legales de la Rectoría:- Rango Constitucional del PANI.
- Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia N°7648- Código Nacional de la Niñez y la Adolescencia.
- Pronunciamientos legales sobre rectoría PANI.
Atribuciones del PANI:
Direccionar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en sistemas regionales y locales que permitan consolidar, junto al Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia, un Sistema Nacional de Protección, en cumplimiento de lo establecido por el Código Nacional de la Niñez y la Adolescencia mediante las siguientes acciones:- Formular políticas públicas en materia de niñez y adolescencia.
- Ejercer el rol previsor, promotor, coordinador, articulador y sensibilizador para garantizar los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes.
- Asesorar y monitorear el cumplimiento de la Política Pública.
- Abogar por la inversión social en niñez y adolescencia para garantizar la asignación de recursos a las instituciones llamadas a cumplir con la Política Pública.
- Promover y apoyar el trabajo con la sociedad civil en un marco participativo y de acción concertada.
Acciones concretas en el ejercicio de la Rectoría desarrolladas a nivel nacional, regional y local.
- Posicionar el liderazgo mediante jornadas de trabajo con los actores del Sistema de Protección en los niveles nacional, regional y local, articulando los pronunciamientos que inspiran esta Rectoría con el espíritu de la Constitución Política , el Código de la Niñez y la Adolescencia y la Ley Orgánica del PANI.
- Capacitar y sensibilizar a los diferentes sectores de la sociedad, por medio de la realización de talleres de análisis y discusión del Rol Rector del PANI en sus nueve regiones y a nivel externo.
- Mantener espacios periódicos de discusión y análisis.
- Orientar modelos homogéneos de trabajo para las diferentes regiones y oficinas locales.
- Clarificar las competencias en todos los niveles, particularmente con miras a clarificar las de cada una de las instituciones.
- Desarrollar un sistema de evaluación y monitoreo con base en indicadores.
- Desarrollar un sistema de información.
- Monitorear los planes de acción de las instituciones para el cumplimiento de la Política Pública con base en los indicadores propuestos.
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